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El Ejecutivo busca tener el Presupuesto antes de que inicie el 2024

El Ejecutivo busca tener el Presupuesto antes de que inicie el 2024

El próximo viernes vence el plazo que solicitó el Departamento Ejecutivo al Honorable Concejo Deliberante para presentar el Presupuesto 2024. Las autoridades comunales confían que se podrá entregar la documentación para que el Cuerpo comience a analizarlo y lo apruebe antes del 31 de diciembre.
“Se está trabajando para elevarlo”, confiaron fuentes oficiales a Estilo Noticias y sostuvieron que “es casi seguro” que se va a lograr.
De ser así, el HCD tendrá un puñado de días para analizar los números y discutir la “Ley de leyes” antes de que se termine el año. También los concejales deberán estudiar la Ordenanza Fiscal e Impositiva que define los valores de las Tasas y Contribuciones.
¿Qué sucedería si el gobierno de Martín Randazzo no logra entregar el Presupuesto? La LOM establece en su Artículo 34° (…) Todos los años, para el subsiguiente, el Concejo sancionará el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad.

Esta Ordenanza para su aprobación necesitará simple mayoría de votos de los Concejales presentes. Promulgado que sea el presupuesto, no podrá ser modificado sino por iniciativa del Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 35: El Concejo considerará el proyecto remitido por el Departamento Ejecutivo y no podrá aumentar su monto total, ni crear cargos con excepción de los pertenecientes al Concejo y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 92.

ARTÍCULO 36: (Texto según Ley 10260) No habiendo el Departamento Ejecutivo remitido el proyecto de Presupuesto antes del 31 de Octubre, el Concejo podrá autorizar una prórroga para su remisión a solicitud del Departamento Ejecutivo, o proyectarlo y sancionarlo pero su monto no podrá exceder el total de la recaudación habida en el año inmediato anterior.

ARTÍCULO 37: El Concejo remitirá al Intendente, el presupuesto aprobado antes del 31 de Diciembre de cada año. Si vencida esta fecha el Concejo no hubiera sancionado el Presupuesto de Gastos, el Intendente deberá regirse por el vigente para el año anterior.

ARTÍCULO 38: En los casos de veto total o parcial del Presupuesto, el Concejo le conferirá aprobación definitiva, de insistir en su votación anterior con los dos tercios de los Concejales presentes. 

 


 

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